El Congreso español acepta la censura previa en Internet redistribuyendo competencias propias de los jueces. El titular es duro, pero es que la realidad es así de cruda.
El pasado 31 de Octubre el Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, con previsiones tan graves como la de permitir a grupos políticos o administraciones públicas la censura previa en Internet. Parece que el impulso lo da para caer en picado en la carrera del progreso del poder judicial y de la sociedad tecnológica en España.
A pesar de las advertencias que la Comisión Europea ha lanzado ya a nuestro país, sobre el respeto a los derechos fundamentales en Internet y, el respeto a los procedimientos legales para determinar responsabilidades (caso Promusicae), nuestro poder legislativo se empeña en mostrar sin tapujos, y hasta con orgullo diría yo, su falta de cultura digital. Continúa con su particular cruzada: “ante lo que no comprendo, y por tanto no puedo controlar en su medida y justa proporción, impongo el cierre por las bravas”. Tan bravas son que permite que, tanto administraciones públicas como partidos políticos (incluso asociaciones con pocos escrúpulos) sean autoridades supuestamente “competentes” para determinar el cierre de páginas web cuando sus contenidos les molesten.
Esto es tan indignante, sobre todo si pensamos que este tipo de medidas benefician a entidades como la SGAE, que a pesar de que constantemente denuncian a todo aquel que los califica de ladrones o de mafia, tienen un funcionamiento igualito que el de ésta última tal y como explican en Público.
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) es mucho más que una entidad de gestión colectiva, lo que la obliga según la ley a no tener ánimo de lucro. Esto le ha permitido obtener del Ministerio de Cultura la potestad para recaudar dinero allí donde suene o pueda sonar música de uno de sus asociados.
Sin embargo, como demuestran los datos del registro mercantil, SGAE es sólo la punta del iceberg de un entramado societario.Dentro de éste, la práctica totalidad de las compañías son sociedades limitadas, es decir, sí tienen ánimo de lucro. Además, la facturación de éstas se obtiene básicamente por servicios a SGAE y procede por tanto de la recaudación de derechos de autor.
De momento. SGAE lleva desde 2003 modificando su estructura y traspasando activos (monetarios y tecnológicos) a sus filiales para convertirlas en lucrativos negocios.De SGAE cuelgan dos patas: por un lado la Fundación Autor, que como tal fundación no puede tener tampoco ánimo de ganancia o lucro. Y por otro, la Sociedad Digital de Autores y Editores (SDAE), una sociedad limitada que es el brazo tecnológico de SGAE.
Fundación Autor no puede ganar dinero pero es el único accionista de Iberautor, una sociedad limitada. Ésta a su vez es el principal o único propietario de otras cuatro sociedades limitadas.
Todas ellas se dedican a obtener negocio de actividades relacionadas con la cultura, ya sea con la publicación y distribución de libros, discos y vídeos o con la programación y ejecución de espectáculos. Se trata de Sello Autor, Centro de Producción Audiovisual Autor, Altos del Río y Teatro Príncipe Pío S.L..
Y por si esto fuera poco, la SGAE también lleva a cabo otras prácticas como los «sobornos«. En este caso a ellos les gusta más calificarlos de «donativos«, pero parece claro que si los mismos los recibe la Asociación de Jueces para la Democracia, que es por tanto beneficiaria directa de aportaciones económicas por parte de la SGAE, aquí se está comprando algo. ¿Qué se compra? Pues parece evidente que lo que adquieren los señores de la cultura con sus sobornos son sentencias favorables a su particular lucha contra internet y todo lo que con ésta tiene que ver.
Vía | menéame
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