El anuncio que no verás en televisión


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El anuncio de Amnistía Internacional que pueden ver sobre estas líneas no lo verán en la televisión. Así son las cosas, las verdades al parecer aún duelen y no gustan mucho en determinados círculos. La crítica no está bien vista. En general lo que desea el poder y lo que desean las élites es que seamos borregos moderados, que no alcemos la voz demasiado, que nos mantengamos en un estado de semiinconsciencia, y por ello, los mensajes que nos inviten a despertar de ese letargo, los mensajes que nos animen a pensar y a alzar la voz no gustan. Lamentable pero cierto.

Desde hace ocho meses, el spot de Amnistía InternacionalEl Poder de Tu Voz” no se puede emitir en los canales nacionales de televisión. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio obstaculiza su emisión denegando la exención de cómputo publicitario. No sólo niega el carácter de servicio público del anuncio, con lo que se impide su emisión gratuita, sino que además lo califica como publicidad política. Dicha calificación supone considerar ilegal la emisión por parte de cualquier canal de televisión (artículo 9. 1c ley 25/1994) y sancionable como infracción grave (artículo 20.2 de la misma ley).

El Gobierno dice, en primer lugar, que la campaña de AI no tiene carácter de servicio público porque los derechos humanos no pueden defenderse mediante la crítica o generando controversia, lo cual determinaría que el spot no pueda emitirse en TV como publicidad gratuita.

Según el Informe del Ministerio: “no cabe duda de que el mensaje principal en el anuncio (…) no es el de defender determinados derechos, sino afirmar que éstos están siendo violados por determinados dirigentes y no por otros (…)«. Además, afirma que la denuncia de los derechos humanos, para tener finalidad pública, debe carecer de “controversia”. Para ello, hace una comparación, considerando que el carácter benéfico de un anuncio para apoyar a niños enfermos quedaría totalmente desvirtuado si además denunciara a la farmacéuticas que ponen obstáculos para su curación.

Esto es incorrecto, por un lado porque el spot de AI no realiza ninguna crítica directa a nadie, sino que sólo enumera derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos e indica lo que deberían hacer estos gobernantes según las leyes internacionales. En cualquier caso, difícilmente puede realizarse una campaña de defensa de los derechos humanos sin denunciar las violaciones que se producen de los mismos. La crítica o denuncia es una forma habitual, lógica y necesaria en la defensa de los derechos humanos. Y defender los derechos humanos es un servicio público.

El segundo motivo en el que se basa la posición inicial de la Administración, que debe ser revisada por el Ministro de Industria (ver nota de prensa del Ministerio, último párrafo), consiste en que se dice que el spot debe ser calificado como publicidad política y por lo tanto prohibida, lo cual determina no sólo que no pueda emitirse en TV como publicidad gratuita, sino algo mucho más grave: que su emisión por cualquier emisora de TV pueda ser sancionada con multas de hasta 300.000 euros.

Dicha calificación supone considerar ilegal la emisión por parte de cualquier canal de televisión (artículo 9. 1c ley 25/1994) y sancionable como infracción grave (artículo 20.2 de la misma ley).

Según Amnistía Internacional los derechos humanos son el consenso básico sobre el que se sustenta toda la legalidad internacional. Por ello, defender los derechos humanos no tiene ni puede tener en principio ninguna finalidad política, ya que sólo se trata de defender las reglas del juego universales.

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